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Ayuda contra Violencia Doméstica

La siguiente es una posible ayuda que PODRIA estar disponible después de que se lleve a cabo una audiencia de orden judicial (si primero usted cumple con las condiciones legales para una orden judicial y el juez determina que es apropiado). Recuerde que el Tribunal NO está obligado a ordenar todas estas cosas:

 

Ningún contacto con el abusador: esto incluye el contacto directo o indirecto o con terceras personas.

Sin violencia.

El abusador debe permanecer 500 pies de distancia de su residencia, lugar de trabajo, escuela o lugares que frecuenta (por solicitud).

El abusador debe permanecer 100 pies de distancia de su vehículo.

El abusador debe entregar sus armas de fuego y municiones.

El Tribunal, a su discreción, Podria ordenar:

  Que el abusador asista a clases de intervención para agresores **;

Que el abusador se someta a una evaluación de salud mental y cumpla con las recomendaciones de seguimiento;

Que el abusador se someta a una evaluación de abuso de sustancias y cumplir con las recomendaciones de seguimiento.

Una de las partes tendrá uso exclusivo y posesión de una residencia compartida.

Devolución de propiedad personal (recogida con acompañamiento policial).

Mayor tiempo compartido con los hijos (as).

Sin supervisión, supervisada o sin tiempo compartido con los hijos (as).

Manutención de los hijos (as).

Manutención del cónyuge (pensión alimenticia).

Cualquier otro remedio que el tribunal considere apropiado para proteger a la víctima de violencia doméstica.

 

 

** El programa de intervención para agresores (BIP) es un programa de 29 semanas de duración, que incluye 24 sesiones semanales de asesoramiento grupal, admisión, evaluación y orientación. El propósito es responsabilizar al agresor por su actos de violencia doméstica. El contenido de BIP se basa en un modelo psicoeducativo que habla de las tácticas de poder y control de una persona sobre otra. 

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