
Ayuda contra Violencia Doméstica
La siguiente es una posible ayuda que PODRIA estar disponible después de que se lleve a cabo una audiencia de orden judicial (si primero usted cumple con las condiciones legales para una orden judicial y el juez determina que es apropiado). Recuerde que el Tribunal NO está obligado a ordenar todas estas cosas:
Ningún contacto con el abusador: esto incluye el contacto directo o indirecto o con terceras personas.
Sin violencia.
El abusador debe permanecer 500 pies de distancia de su residencia, lugar de trabajo, escuela o lugares que frecuenta (por solicitud).
El abusador debe permanecer 100 pies de distancia de su vehículo.
El abusador debe entregar sus armas de fuego y municiones.
El Tribunal, a su discreción, Podria ordenar:
Que el abusador asista a clases de intervención para agresores **;
Que el abusador se someta a una evaluación de salud mental y cumpla con las recomendaciones de seguimiento;
Que el abusador se someta a una evaluación de abuso de sustancias y cumplir con las recomendaciones de seguimiento.
Una de las partes tendrá uso exclusivo y posesión de una residencia compartida.
Devolución de propiedad personal (recogida con acompañamiento policial).
Mayor tiempo compartido con los hijos (as).
Sin supervisión, supervisada o sin tiempo compartido con los hijos (as).
Manutención de los hijos (as).
Manutención del cónyuge (pensión alimenticia).
Cualquier otro remedio que el tribunal considere apropiado para proteger a la víctima de violencia doméstica.
** El programa de intervención para agresores (BIP) es un programa de 29 semanas de duración, que incluye 24 sesiones semanales de asesoramiento grupal, admisión, evaluación y orientación. El propósito es responsabilizar al agresor por su actos de violencia doméstica. El contenido de BIP se basa en un modelo psicoeducativo que habla de las tácticas de poder y control de una persona sobre otra.